14 sept 2012

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

¿Y si ambos cónyuges de común acuerdo deciden divorciarse?




  • Tendrán que firmar un Convenio regulador de los efectos de su divorcio que junto con la demanda de divorcio, firmada por abogado y procurador, se presentará en el Juzgado competente.
  • Una vez que éste la admite y le da curso, requerirá a los cónyuges, para que ratifiquen por separado el Convenio.
  • A continuación se dictará la Sentencia de divorcio, que declarará disuelto el matrimonio por divorcio, con todos los efectos que los esposos pactaron en el Convenio regulador firmado y ratificado en el Juzgado.


  • Si no hay hijos menores, ¿qué regulará ese Convenio?

  • En ese convenio, acordarán el cese de su vida en común, y fijarán quién se queda con el uso y disfrute del que era domicilio conyugal.
  • Podrán fijar, si lo desean, una pensión compensatoria a favor de uno de ellos y a cargo del otro.
  • También podrán, pactar la liquidación de su sociedad de gananciales. Para ello se hará un inventario de todos los bienes gananciales, se separará el activo del pasivo, y se adjudicarán entre ellos, determinando quién y cómo asumirá las deudas de la sociedad, si es que existen. En su caso, se harán las compensaciones económicas que procedan entre los esposos.
  • Si no liquidan su sociedad de gananciales, ésta quedará disuelta desde la fecha de la Sentencia de divorcio, de modo que ya no habrá ningún patrimonio ganancial más, pero estará pendiente su liquidación y extinción definitiva.

  • ¿Tenéis alguna pregunta? Escribidnos a nuestro correo, lo tenéis en CONTACTO.

    No hay comentarios:

    Publicar un comentario